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 Asunto: Fachada¿mayoría necesaria?
NotaPublicado: Jue Feb 21, 2008 8:41 pm 
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Registrado: Jue Feb 21, 2008 7:54 pm
Mensajes: 6
Inexperta yo en estos lares y, como mera propietaria, me gustaría saber si la fachada es un elemento comñun y si, para el saneado y reparación de desperfectos, así como para su pintado, se requiere mayoría absoluta o unanimidad.
Digo esto porque, hoy he recibido la convocatoria para la JGO del 2008 y, cual no es mi sorpresa, cuando adjunto viene un presupuesto para obras de 'repicado,saneado y reparación de desperfectos...()Empastado,lijado y acabado con 2 manos de revestimiento acrílico en paramentos exteriores en fachadas,en traseras,en muros de jardines,balcones abiertos,cajas de escalera y batientes,pasamanos y elementos metálicos exteriores...()' por valor de 120.000,00€, lo cual me parece una barbaridad,teniendo en cuenta que la mayor parte del exterior del edificio es de bloque visto(salvo la fachada principal).Son 5 escaleras de 5 viviendas cada 1 y, obviamente, estoy en contra, porque debido a mi profesión(soy aparejadora)sé que este presupuesto es a todas luces abusivo(pero no han pedido ningún otro ni,consigo comunicar con el Administrador a fin de que me facilites las partidas para pdoer solicitar yo precios a otras empresas)...
¿Me podeis decir si puedo oponerme y,sin con mayoría simple podrán aprobar este presupuesto?

Gracias


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NotaPublicado: Mar Feb 26, 2008 7:04 pm 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Veamos:

Usted ha debido recibir un presupuesto de reparaciones, pero no creo que se haya aceptado, ya que estos presupuestos hay que aceptarlo en Junta, es decir, deben ser los vecinos (los que lo van a pagar) los que acepten o denieguen tal presupuesto.
El procedimiento es el siguiente:

1º El presidente de la comunidad debe convocar junta extraordinaria con el orden del día : Reparación fachada principal.

2º En la reunión, se ha de exponer el motivo que exige tal reparación y votarse. Con la mayoría simple es suficiente.

3º Aceptada la reparación, se abre el camino para pedir presupuestos a empresas del sector, y cuando se obtengan varias, hay que convocar nueva reunión para decidir el presupuesto más interesante para la comunidad.

4º De las decisiones de estas reuniones, hay que hacer las correspondientes actas para que quede constancia de los acuerdos.

Este es el procedimiento legal, pero tenga en cuenta, que si al presidente de la comunidad le da por firmar una contrato a nombre de la ésta con una empresa, vincula a todos a su pago, aunque no se hayan hecho de forma legal ya que él representa a la comunidad. Esto debería saberlo el presidente (el administrador SÍ lo sabe) , ya que puede meterse él y la comunidad en su conjunto, en un buen lío. Adviértale que no firme nada, si no lo ha hecho ya.


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NotaPublicado: Mar Feb 26, 2008 7:08 pm 
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Experto
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Se me ha olvidado.

Usted como propietaria puede pedir presupuestos (los que quiera) y presentarlo en la segunda reunión para ser votados.

Yo no aceptaría el del administrador. Generalmente estas empresas tienen vínculos "complacientes" con estos profesionales.


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 Asunto: reforma tejado comunitario
NotaPublicado: Jue Abr 17, 2008 10:35 am 
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Principiante
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Registrado: Jue Abr 17, 2008 10:26 am
Mensajes: 1
Hola,

soy propietario de un bajo en una finca de 2 pisos por planta ( 8 vecinos). Al vecino del último piso se le ha filtrado agua por el techo. Ahora se les antoja arreglar todo el tejado de la finca porque dicen que tiene 28 años y que le entra agua por culpa de estar en mal estado el mismo. Tengo 3 preguntas: Como y quien debe determinar si esta obra es necesaria o es un simple capricho? se puede arreglar parte del tejado sin necesidad de reformarlo por completo? y por último, tengo el mismo valor de participación en la reforma (estando en un bajo) que los pisos más altos? Seria un acuerdo por unanimidad o por mayoría simple?

gracias.


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NotaPublicado: Jue Abr 17, 2008 1:34 pm 
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Experto
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
xfajas la ley establece que ningun propietario puede hacer por su cuenta reparaciones que afecten al edficio ysus partes comunes y que deben dar cuenta a la comunidad si observan algun desperfecto.

Si este fuera el caso, la comunidad debe contratar a un perito que valore y estime lo mas conveniente para la reparación y si algun propietario no tiene suficiente con este peritaje siempre pueden pedir otras opiniones.

El resultado final sera que la junta decida en base a la documentacion de los expertos que quieren hacer y sera la mayoria quien decida y no solo una persona.

El valor de participacion estara basado en la cuota de cada propietario que se presupone que es el correcto y se han tenido en cuenta todas esas condiciones de metros cuadrados, altura, orientacion etc...

_________________
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


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