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Autor |
Mensaje |
oncemil
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Asunto: SERVICIO VIGILANCIA EN MANCOMUNIDAD Publicado: Mar Jun 24, 2008 4:23 pm |
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Principiante |
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Registrado: Mar Jun 24, 2008 4:06 pm Mensajes: 1
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Buenas tardes:
En primer lugar gracias por todo lo que me habéis aclarado en el rato que llevo visitando el foro y gracias por vuestra atención a todos los que somos profanos en la materia. Mi consulta es la siguiente:
Vivo desde hace un año en una comunidad de vecinos que comparte elementos comunes con otras 2 comunidades y las tres forman una mancomunidad. El origen de todos los problemas son rencillas entre miembros de las otras dos comunidades y miembros de la comunidad en la que vivo, a mí personalmente me parece una chorrada que solo lleva a que no podamos nunca llegar a acuerdos por el bien de la mancomunidad pero cada uno somos como somos...
El caso es que las otras dos comunidades (que comparten administrador) han decidido que se cambie el actual sistema de vigilancia que tenemos contratado por un sistema de vigilancia y consejería 24 horas, ellos afirman que si en la junta de gobierno de la Mancomunidad se aprueba por dos de las Comunidades el acuerdo es válido, sin embargo el administrador de nuestra comunidad dice que ese acuerdo se tiene que hacer con 3/5 partes de cada Comunidad así que si nuestra Comunidad vota que no, no se puede llevar a cabo el acuerdo.
Como la previsión es que vote lo que vote nuestra Comunidad se lleve a cabo el cambio del sistema de vigilancia(ellos insisten en que el legal) en la última reunión de vecinos plantearon la posibilidad de denunciar e ir a juicio. Mi duda es ¿Quién pensais que tiene la razón? y también si vamos a juicio ¿Qué posibilidad tenemos de ganarlo? y otra ¿Tenemos que asumir los gastos del nuevo sistema de vigilancia aun cuando lo impugnemos por via judicial?
Otra pregunta (y perdonadme el abuso), actualmente tenemos en nuestra Comunidad (solo en la nuestra) un Conserje al que tenemos contratado directamente, el caso es que algunos vecinos les gustaría que se sustituyera y a otros no. Mi duda es que en la última reunión se supo que este señor hacía funciones particulares a determinados vecinos mientras que a otros se había negado a hacerlas. Concretamente tiene la llave de los pisos de determinados vecinos por si se rompe alguna cañería, o por si vienen a llevarles muebles o para enseñar el piso en caso de venta pero a otra vecina se negó a tenerle la llave ya que dijo que no era su función. Tras saber eso se intentó votar prescindir de él pero como los vecinos a los que hace favores eran mayoría no se pudo. ¿Hay alguna otra forma de proceder para cambiarlo?
Gracias a todos por adelantado y disculpad por la extensión.
Antonio.
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Antonio R
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Asunto: Publicado: Jue Jul 03, 2008 9:49 pm |
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Experto |
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm Mensajes: 424 Ubicación: Barcelona (España)
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Ese administrador tiene razón, se necesita las 3/5 partes, el 60% de los votos y coeficientes para el establecimiento supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general (Artº 17- 1 de la L.P.H). Por lo que si no se consiguen no se debe de poner y si se pone, los disidentes no estarían sujeto al pago, esto lo deberían de dejar claro en la junta y que quede recogida en acta, ya que el acuerdo no sería válido y por tanto no obliga a los disidentes.
El tema del conserje. Es una actitud un poco chocante que para unos sí y para otros no, pero debería de conocer las alegaciones de este conserje antes de dar mi opinión. Para despedirle se requiere la mayoría ya que no se va a suprimir el servicio, sino que se va a sustituir por otro. En caso de despido improcedente se tendrá que indemnizar.
Un saludo.
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