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 Asunto: Vecinos ilocalizables
NotaPublicado: Lun May 07, 2007 8:12 pm 
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Registrado: Dom May 06, 2007 7:50 pm
Mensajes: 4
Hola:
La Comunidad de la que fuí elegido Presidente está formada por 21 viviendas, de las cuales 5 están alquiladas y 6 sólo están habitadas dos o tres meses (no consecutivos) al año, ya que sus dueños residen fuera. No tengo la dirección (ni nunca las han facilitado a los anteriores Presis) para enviarles las convocatorias ni la copia de las Actas, aunque siempre se ponen en el tablon de anuncios (tanto la convocatoria como la copia del Acta), y tampoco asisten a las reuniones que se convocan. Hemos celebrado hace unos dias una Junta Extraordinaria porque debido a la antigüedad del edificio (29 años) tenemos que realizar importantes obras (cambio de ascensores, arreglo de tejado, bajantes, etc.). A dicha Junta sólo asistimos 9 vecinos, y por unanimidad se acordó pasar una cuota extra mensual para ir haciendo un fondo y poder acometer dichos arreglos. ¿Es legal el acuerdo? ¿Puede algún vecino de los que no asistió a la Junta negarse a pagar?
Un saludo.


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 Asunto: ¿Vecinos ilocalizables..? No. Impresentables.
NotaPublicado: Sab May 12, 2007 9:33 pm 
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
Desde luego, la junta si está bien convocada es legal, tu no puedes exigir a nadie que te dé la dirección de su residencia habitual, pero si les habeis avisado de la convocatoria en el piso de su propiedad y ademas en los tablones de anuncios de la convocatoria, es perfecto.

Leete el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, concretamente en el 9.h habla de ello.


Bueno y como ante, lo que yo considero unos propietarios impresentables e irresponsables, no queda nada mas que la mala leche (lo siento, pero es asi.)

Debeis de acordar si no lo habeis hecho todavia, el periodo de pago de las cuotas, derramas, etc. y a partir de cuando se declara moroso a un propietario y se inicia un proceso monitorio, cumplid extrictamente los plazos y las comunicaciones (a la dirección que conoceis, que es la de el piso en la comunidad) una vez cumplidos los plazos, presentais el monitorio en el juzgado..... y a esperar...


Vereis como cuando lo hagais con alguno de esos propietarios, las cosas cambian.

Saludos.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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