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 Asunto: Instalación de ascensor en el hueco de la escalera
NotaPublicado: Jue May 22, 2008 1:19 pm 
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Registrado: Jue May 22, 2008 1:16 pm
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En una reunión de la Comunidad, 3/5 de los presentes (aunque la Ley dice 3/5 del total de los propietarios) han aprobado la instalación de un ascensor en el hueco de la escalera.
Todavía no hay proyecto, ni sabemos cuánto va a costar. Sí sabemos qué tipo de ascensor se quiere instalar.
La escalera mide un metro de ancho en todo su recorrido y pretenden recortarlar y dejarla en 80 centímetros de ancho.
Me he puesto en contacto con el Arquitecto Municipal y me ha dicho que esto no es posible, porque la normativa urbanística vigente establece un ancho mínimo de un metro para las escaleras y que con menos no dará la licencia. Estoy a la espera de recibir esa misma información por escrito.
En el edificio no viven personas minusválidas ni mayores de 70 años y además el ascensor es tan pequeño que no cumpliría con la normativa de accesibilidad (anchura suficiente para que entre una silla de ruedas).
Nos encontramos ante una instalación que es ilegal, se dijo en la reunión y consta en el acta, pero los que están a favor decidieron seguir adelante a ver si cuela.
En el Ayuntamiento me han asegurado que no darán la licencia y que si empiezan las obras, que denunciemos y mandarán la inspección a pararlas.
En estas circunstancias ¿es necesario impugnar un acuerdo que se sabe que es ilegal? O es mejor denunciar en Urbanismo cuando llegue el momento, claro que si mientras tanto nos piden derramas y nos negamos a pagarlas, nos declararían morosos.
¿Qué plazo tendríamos caso de impugnar tres meses o un año?


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NotaPublicado: Jue May 22, 2008 1:32 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Yo empezaría por impugnar el acuerdo para demostrar mi buena fe y todo lo demás lo haría conforme vaya suciediendo en el tiempo.

No dejar de pagar en ningún caso, es mejor consignar la deuda en el juzgado para seguir demostrando buena fe y por supuesto con toda la documentación que prohibe la instalación, informes y demás asesoararse con un abogado caso de tener que iniciar demanda contra la comunidad por acuerdo improcedente.

Para acuerdos normales, el plazo de impugnación es de tres meses, para aquellos que vayan contra la ley el plazo es de un año.

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NotaPublicado: Lun May 26, 2008 11:38 am 
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Registrado: Jue May 22, 2008 1:16 pm
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comunero escribió:
Yo empezaría por impugnar el acuerdo para demostrar mi buena fe y todo lo demás lo haría conforme vaya suciediendo en el tiempo.

No dejar de pagar en ningún caso, es mejor consignar la deuda en el juzgado para seguir demostrando buena fe y por supuesto con toda la documentación que prohibe la instalación, informes y demás asesoararse con un abogado caso de tener que iniciar demanda contra la comunidad por acuerdo improcedente.

Para acuerdos normales, el plazo de impugnación es de tres meses, para aquellos que vayan contra la ley el plazo es de un año.


Gracias por contestar, Comunero.
Creo que lo has definido bastante bien: acuerdo improcedente.
Caso de impugnar, lo haríamos antes de tres meses, para no agotar los plazos. Creo que es la solución más eficaz, pero tiene unos costes que si luego el juez te sale por peteneras, habría que afrontar.
Estoy pensando en otra solución que no sé si será viable:
En estos tres meses y una vez disponga de la documentación de Urbanismo que diga que el proyecto es inviable, volver a convocar una reunión y tratar de convencer sobre todo a los ausentes que no se enteraron de nada, de la inutilidad de acometer un proyecto que no se podrá llevar a cabo.
¿Si consiguiéramos los votos de los 3/5 de los propietarios, podríamos revocar el acuerdo anterior?


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NotaPublicado: Lun May 26, 2008 12:05 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Entiendo que si, puesto que ls circunstancias cambian y en base a eso se decide una nueva votación y como siempre la mayoría es la que se lleva el gato al agua.

Tampoco dice la ley nada de los temas a tratar en junta, si se han tratado anteriormente o cuantas veces se pueden votar. Lo único que se exige es que esté en el orden del día.

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