Admicove.com

El foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
 FAQ •  Buscar •  Registrarse •  Identificarse 
Fecha actual Dom Oct 19, 2025 5:57 pm

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 2 mensajes ] 
Autor Mensaje
 Asunto: Elementos comunes / URGE
NotaPublicado: Sab Dic 22, 2007 8:26 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Sab Dic 22, 2007 8:15 pm
Mensajes: 2
Ante todo, hola y gracias, me gustaría que me orientaseis en n par de dudas que tengo:

Pertenezco a una urbanización de 4 fases, hasta ahora sólo se ha entregado la primera fase, (la mía es la 4), y al parecer ya se ha celebrado una junta de propietarios de la primera fase y en ella se ha aprobado el cierre de las terrazas de los bajos y las terrazas de los áticos (comentar que se tratan de elementos comunes de uso privativo), en principio se supone que en la siguiente junta se decidirá el patrón común para todos ellas.

Mis dudas son si pueden aprobar estas modificaciones sin poder decidir el resto de las fases y en definitiva, el resto de las juntas de vecinos que no se han establecido todavía?? si hay alguna manera de poder parar esto?? si les habilita para poder cerrarlas completamente o existe alguna limitación en el cierre?? puede esa junta establecer normas que afecten a vias internas y comunes (carretera)?? ---- en definitiva un poco de orientación en las modificaciones que pueden o no pueden hacer en las zonas comunes sin haberse establecido el resto de los vecinos.

Atentamente les agradece y saluda , David


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Dic 24, 2007 1:46 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Por lo que puedo entender, se trata de una mancomunidad (o será cuando se termine) realizada en 4 fases. La primera fase se ha entregado ya, y han decidido cerrar las terrazas de los bajos y áticos en junta de propietarios (que ignoro si está legalmente formada).

Yo pregunto ¿tienen administrador contratado?

Debo entender que no.

El Artículo 7 de la LPH. dice entre otras cosas:

1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
...............................................................

Como se puede ver, no permite la alteración de su configuración, estados exteriores o, pueda perjudicar los derechos de otros propietarios.

Por otra parte, los ayuntamientos en sus normas urbanísticas, de forma general, no autorizan estos cierres.

¿Qué se puede hacer?. Pues lo que dice la ley, mandar una queja al representante de la comunidad de forma fehaciente, argumentándole estos datos, y preguntarle si tienen permiso del ayuntamiento, ya que de lo contrario, pueden ser objeto de sanción.


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 2 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro

Buscar:
Saltar a:  
cron